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    Eficacia de los subrogados penales en el contexto del sistema penitenciario y carcelario de Colombia a la luz de los parámetros regionales y constitucionales en materia de privación de la libertad por atributo de la ley

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    Tesis de maestríaLa protección de la libertad obtiene un mayor relieve en razón de ser uno de los derechos más arraigados en la dignidad e integridad de la persona, y que solamente de forma excepcional puede ser limitado. Lo cual es reglamentado por el derecho penal que designa a cada conducta punible su correspondiente pena que en su designación y ejecución.INTRODUCCIÓN 1. SUBROGADOS PENALES 2. FUNDAMENTOS TEÓRICOS Y JURÍDICOS DE LOS SUBROGADOS PENALES. 3. LA PROBLEMÁTICA DEL HACINAMIENTO EN COLOMBIA. 4. POLÍTICA PÚBLICA Y CRIMINAL EN MATERIA DEL SISTEMA PENITENCIARIO Y CARCELARIO DE COLOMBIA. 5. LEGITIMIDAD EN LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA CRIMINAL SOBRE LA PRÁCTICA Y FOMENTO DE LOS SUBROGADOS PENALES 6. CONCLUSIONES 7. REFERENCIASMaestríaMagíster en Derechos Humano

    Implications of the subjective assessment of the judge, in the granting of the criminal surrogate of probation

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    Se analizan las formas en las que el criterio subjetivo del juez impacta en la decision del otorgamientro del subrogado penal de libertad condicional, validando los fines de la pena o desnaturalizando, a través del desarrollo de una investigación socio jurídica en la que queda demostrado que esta potestad judicial tiene gran injerencia en lo relacionado con el cumplimiento de los objetivos del proceso penal en Colombia y la garantía de los derechos fundamentales; teniendo aspectos de contexto importantes, como el hacinamiento y demás problemáticas carcelarias que limitan el efectivo ejercicio de los fines humanizantes de la pena, ofreciendo como principal aporte, una opinión argumentada sobre adecuada aplicación de esta discrecionalidad en salvaguarda de los óptimos jurídicos que se pueden ofrecer a las personas condenadas a penas privativas de la libertad.The ways in which the subjective criterion of the judge impacts on the decision of the granting of the criminal surrogate of conditional freedom are analyzed, validating the purposes of the sentence or distorting them, through the development of a socio-legal investigation in which it is demonstrated that this The judicial authority has great influence in relation to the fulfillment of the objectives of the criminal process in Colombia and the guarantee of fundamental rights; having important contextual aspects, such as overcrowding and other prison problems that limit the effective exercise of the humanizing purposes of the sentence, offering as its main contribution, an argued opinion on the proper application of this discrepancy in safeguarding the legal optimum that can be offered to persons sentenced to custodial sentences.Maestrí

    La prisión domiciliaria como alternativa de política pública para combatir el hacinamiento carcelario en Colombia

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    Artículo de reflexiónEl desarrollo de este artículo de reflexión presenta la prisión domiciliaria como una opción dentro del sistema punitivo colombiano que influye de manera positiva en el escenario actual de hacinamiento carcelario que se presenta en el país. La importancia de considerar mecanismos sustitutivos de la prisión en un sistema penitenciario y carcelario como el colombiano que permanece en un Estado de Cosas Inconstitucional por la situación de hacinamiento carcelario desde hace 20 años es necesaria y pertinente. La Prisión domiciliaria se presenta como una posible solución que permitiría cesar la vulneración de derechos en la que actualmente se encuentran las personas privadas de la libertad, ya que los establecimientos carcelarios han excedido su capacidad y hasta la fecha las políticas públicas adoptadas por parte del Estado no han logrado solucionar el problema por completo.INTRODUCCIÓN 1. GENERALIDADES 2. LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN 3. CONCLUSIONESPregradoAbogad

    Interpretación jurisprudencial de los requisitos para el otorgamiento de la libertad condicional en el proceso penal colombiano, a partir del principio de legalidad: estudio aplicado en los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad de Pasto entre los años 2014-2018

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    Analiza la interpretación jurisprudencial, frente a las limitaciones al subrogado penal de libertad condicional, desde el punto de vista del principio de legalidad que integra el debido proceso, adoptando los jueces sus decisiones; así, se entra a resolver cuál interpretación jurisprudencial de requisitos otorga la libertad condicional en el proceso penal colombiano partiendo del estudio aplicado en los Juzgados de ejecución de penas y Medidas de Seguridad de Pasto en los años 2014-2018, desde el principio de legalidad. El análisis internacional propuesto se aborda en cuatro momentos: Un primero hace referencia a la libertad como derecho desde el marco de derechos humanos y desde el ordenamiento jurídico colombiano; el segundo aborda la libertad condicional desde la doctrina, naturaleza y requisitos para su otorgamiento en el proceso penal colombiano; el tercero se estudia desde el principio de legalidad y en la jurisprudencia de la Corte Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia, la interpretación jurisprudencial de los para otorgar la libertad condicional y finalmente, se identifica y analiza el criterio usado por los jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad de Pasto, para fallar la libertad desde la expedición de la ley 1709 de 2014, análisis logrado en los autos proferidos del periodo indicado.Magíster en Derecho Procesal ContemporáneoMaestrí

    La pena como mecanismo de resocialización en Colombia

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    Artículo de investigaciónA medida que la sociedad evoluciona, también lo hacen las funciones de la pena, como lo ha demostrado la historia universal, estas transformaciones se dan en función de las nuevas formas de Estado o de ejercer justicia. La función de la pena en Colombia tiene como fundamento el prevenir y resocializar al condenado, de tal manera que las penas contribuyan al orden social y para hacer que el penado no reincida en los hechos, se reincorpore a la colectividad sin ocasionar más perjuicios y para que se convierta en un referente social que limite el ejercicio de conductas delictivas. No obstante, los objetivos que se persiguen con este sistema, referido en el código penal, distan mucho de la realidad, en tal sentido se plantea un análisis crítico frente a la pena en Colombia, sus características, procedimientos, garantías y funcionalidad en un Estado social, democrático y de derecho como el colombiano.1. Introducción 2. La Pena 3. Jurisprudencia 4. Conclusiones 5. Medidas Propuestas, ReferenciasPregradoAbogad

    Los límites constitucionales a la potestad de tipificación punitiva del legislador en Colombia

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    En el ejercicio del control de constitucionalidad de las leyes la Corte Constitucional de Colombia ha impuesto límites constitucionales al ius puniendi del Estado, en cabeza del Congreso de la República. Las razones que legitiman a la Corte Constitucional para limitar el amplio margen que ostenta el órgano legislativo en materia penal sustantiva son la defensa de los derechos fundamentales y la continuidad del sistema democrático. La Corte ha venido construyendo dichos límites en modalidad de principios en sus sentencias de constitucionalidad, los cuales, derivan de la teoría penal de protección exclusiva de bienes jurídicos. Sin embargo, en su jurisprudencia no se identifica un criterio unificado sobre los principios, su contenido y relación, que acotan la potestad de crear tipos penales. Con base, principalmente, en las decisiones de la Corte Constitucional aquí se proponen los siguientes límites: el metaprincipio de bloque de constitucionalidad, el macroprincipio de legalidad en sentido estricto y los principios de necesidad de la intervención penal, culpabilidad de la acción y proporcionalidad de la pena.Universidad Libre de Colombia - Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales - Maestría en Derecho PenalIn the exercise of the constitutional review of the laws, the Corte Constitucional de Colombia has imposed constitutional limits to the ius puniendi of the State, headed by the Congreso de la República. The reasons that legitimize the Corte Constitucional to limit the wide margin held by the legislative body in substantive criminal matters are the defense of fundamental rights and the continuity of the democratic system. The Court has been building these limits in the form of principles in its constitutional judgments, which derive from the criminal theory of exclusive protection of legally interests. However, its jurisprudence does not identify a unified criterion on the principles, their content and relationship, which limit the power to create crimes definitions. Based mainly on the decisions of the Corte Constitucional, the following limits are proposed here: the meta-principle of block constitutionality, the macro-principle of strict legality, and the principles of the need for criminal intervention, culpability of the action and proportionality punishment

    El derecho humano a la salud de las personas privadas de Libertad en el contexto de la pandemia covid-19 en El Salvador, marzo-junio 2020

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    En El Salvador, al igual que todos los países del mundo, existen determinados sectores de la población, que, debido a ciertas condiciones y características, son más susceptibles a que sus derechos humanos sean vulnerados, debido a que el Estado no les proporciona herramientas de equiparación con respecto al resto de la Sociedad, incumpliendo de esta manera a las obligaciones de respetar y proteger, las cuales ha adquirido por medio de instrumentos internacionales. En ese sentido, las personas privadas de libertad constituyen uno de estos grupos, porque permanecen bajo la custodia del Estado por encontrarse en conflicto con la ley. Es un hecho notorio que estas personas son tratados como ciudadanos de segunda categoría, no se les brindan condiciones mínimas que aseguren su reinserción a la sociedad, a estas carencias en el 2020 se le suma la pandemia Covid-19, la cual ha afectado a toda la población, permeando más a los grupos especialmente vulnerables. Con base a lo anterior, se hace necesario examinar si el Estado salvadoreño ha dado el debido cumplimiento a lo establecido en los instrumentos nacionales e internacionales de protección de derechos humanos, respecto a este grupo en condición de vulnerabilidad, para lo cual se realiza un contraste entre esos estándares y la realidad que viven las personas privadas de libertad ya sea porque se encuentran condenadas o a la espera que se resuelva su situación jurídica; este análisis permite determinar la situación de los derechos humanos antes y durante la pandemia del Covid-19 de marzo a junio de 2020, con énfasis al derecho a la salud debido a las medidas extraordinarias y estados de emergencias decretados en los centros penitenciarios y al hacinamiento carcelario, que no permite el distanciamiento físico, lo cual es clave para para evitar el contagio del virus. La investigación realizada es de tipo descriptiva – interpretativa, con un enfoque cualitativo, siendo pertinente a efecto que la sociedad en general conozca la situación del sistema penitenciario y exija al Estado que garantice los derechos humanos de esta población en condición de vulnerabilidad, plasmando en este documento además que las personas dentro del sistema carcelario, únicamente han perdido su derecho a la libertad ambulatoria y en algunos casos ciertos derechos políticos, pero mantienen incólumes los demás derechos humanos, los cuales les son inherentes por su condición de personas, en razón a ello se presenta una serie de conclusiones y recomendaciones tendientes a proporcionar propuestas al Estado salvadoreño como garantías de no repetición respecto a la reparación de las víctimas y a la mitigación de los daños infringidos a estas por negligencia y falta de atenció

    El allanamiento a cargos como un acuerdo bilateral entre fiscalía y defensa en los delitos donde se obtenga incremento económico

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    Artículo de investigaciónEn un artículo de investigación donde se genera las diferencias que se tiene entre los acuerdos y negociaciones con la figura jurídica del allanamiento a cargos y los beneficios que tienen cada una en cuanto a la justicia premial, donde el primero no se puede entender como un preacuerdo pero con la nueva postura de la Corte Suprema de Justicia lo contempla de esta manera.INTRODUCCIÓN 1. JUSTICIA PREMIAL 2. ACUERDOS – NEGOCIACIONES 3. EL ALLANAMIENTO A CARGOS 4. EL ALLANAMIENTO A CARGOS ENTENDIDO COMO UN PRE-ACUERDO EN LOS DELITOS EN QUE SE OBTENGA INCREMENTO ECONÓMICO SEGÚN LA SENTENCIA RAD. 39831 DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONCLUSIONES REFERENCIASPregradoAbogad

    Facultades jurisdiccionales de la Dirección General del Sistema Penitenciario en Panamá.

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    El Sistema Penitenciario puede definirse como la organización creada por el Estado como tutor del privado de libertad, quien tiene el deber de velar por el cumplimiento de sus derechos y obligaciones, así como también poner en ejecución las penas o medidas de seguridad impuestas por la autoridad sancionadora. Los sistemas penitenciarios están basados en un conjunto de principios orgánicos sobre los problemas que dieron origen a las reformas carcelarias y surgen como una reacción natural y lógica contra el estado de hacinamiento, promiscuidad, falta de higiene, alimentación, educación, trabajo y rehabilitación de los internos. La Dirección General del Sistema Penitenciario ejerce funciones jurisdiccionales, ya que mediante la Ley 28 de 1 de agosto de 2005 se modificó el Artículo 47 del Código Penal y se adicionó el Capítulo X denominado Conmutación de Penas de Privación de Libertad por Estudio o Trabajo, al Título III del Libro Primero del Código Penal, otorgándole al órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno a desarrollar modalidades al cumplimiento del sistema de ejecución penal. En la actualidad esta Ley quedó derogada por la entrada en vigencia de la Ley 27 de 21 de mayo de 2008 que en su Artículo 19, señala que las funciones y competencias de los Jueces de Cumplimiento previstas en la ley sustantiva vigente, serán ejercidas por el Tribunal que conoció de la causa y la Dirección del Sistema Penitenciario de acuerdo a sus competencias legales hasta la entrada en vigencia de la normativa de procedimiento. Conocido el marco teórico sobre las funciones jurisdiccionales de la Dirección General del Sistema Penitenciario procedemos con la investigación donde se muestra la población penitenciaria en nuestro país, la población penitenciaria clasificada en el sistema progresivo técnico a nivel nacional, la población penal condenada que participa en programas de tratamiento y rehabilitación extramuros, intramuros y depósitos domiciliarios

    El control constitucional de leyes penales en el marco de un modelo racional de legislación penal

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    Este trabajo de investigación se dirige al estudio de los problemas que plantea para el sistema democrático la existencia de una jurisdicción constitucional encargada de evaluar la compatibilidad de las decisiones del legislador en materia de política criminal con la carta fundamental. Aunque la actividad de los tribunales constitucionales encargados de controlar las leyes aprobadas por los parlamentos se ha asentado en el contexto jurídico de un gran número de países de Europa y de América Latina, las cuestiones relativas al alcance y límites de su función siguen siendo uno de los aspectos más debatidos por la doctrina jurídica constitucional. De esto da cuenta la inmensa producción bibliográfica que, desde diversos puntos de vista, se ha ocupado de analizar los problemas de legitimidad del control de constitucionalidad de las leyes a cargo de la jurisdicción. Por otra parte, en época reciente algún sector de la doctrina jurídico-penal ha venido llamando la atención acerca de cómo la creciente alarma social frente a diferentes manifestaciones de criminalidad dentro de la sociedad, sean reales o aparentes, activa casi de manera instantánea el movimiento de grupos de presión interesados en que se efectúen reformas legislativas para atender a esta disfunción social. Estas reformas, no obstante, no siempre resultan adecuadas a la realidad social sobre la cual pretenden incidir, sea porque la reacción adoptada no es idónea, sea porque se realizó bajo un entendimiento erróneo de la problemática, lo que termina dando lugar a una política criminal irracional. Esta constatación ha motivado un desplazamiento del objeto de estudio al análisis de los procedimientos de creación de las leyes penales y la adecuación de los modelos de creación de las mismas. Este enfoque se contrapone a la dogmática jurídica tradicional de corte positivista limitada en gran medida al campo de la aplicación del derecho. A pesar de que una y otra cuestión plantean problemas que se solapan entre sí, son escasos los trabajos de investigación que atiendan a estudiar la imbricación entre los cuestionamientos a la exigua legitimidad democrática de los tribunales constitucionales y la necesidad de llegar a arreglos en el diseño de las instituciones democráticas que permitan que las leyes penales sean el resultado de procesos legislativos racionales. Por estos entiendo los procedimientos de creación normativa que partan de un adecuado conocimiento empírico y valorativo del contexto social, jurídico y político sobre el cual pretenden incidir. El motivo de este descuido se encontraría en la aparente paradoja que subyace al tratar ambas cuestiones de manera conjunta: por una parte, la discusión de la legitimidad democrática de la jurisdicción constitucional se plantea sobre la pregunta de por qué un reducido número de jueces pueden declarar contrarias a la constitución las decisiones que millones de personas a través de sus representantes han alcanzado. Por otra parte, los fenómenos sociales que estarían afectando a la racionalidad de la política criminal del estado, pasarían, en buena medida, por una mayor incidencia de los reclamos directos que desde diferentes colectivos sociales abogan por una mayor intervención estatal para atender a supuestos problemas de criminalidad. Se destaca que la mayor participación de estos iría en desmedro de una aproximación experta a la delincuencia. Esto, no obstante, no va necesariamente en contra de la episteme democrática que aspira a la mayor participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones. La importancia que para la dinámica de la vida política, jurídica y social ha significado la actividad de los tribunales constitucionales en aquellos ordenamientos que incorporan esta figura, así como la cada vez más pronunciada deriva irracionalista que se denuncia en la toma de decisiones legislativas en materia de política criminal, invita a que se realicen análisis encaminados a la descripción de las interacciones entre las decisiones del legislador penal y la función de control por la jurisdicción constitucional de la actividad de aquel. Así, los objetivos de este trabajo se dirigen a: (i) revisar las diferentes posiciones teóricas acerca de la legitimidad del control de constitucionalidad de las leyes en las modernas democracias constitucionales; (ii) analizar los principales criterios empleados por la jurisdicción constitucional en el control de las leyes penales emanadas de los órganos legislativos; (iii) justificar la necesidad de un modelo de racionalidad legislativa penal resaltando la labor que el control de constitucionalidad desempeña en este aspecto; (iv) poner de relieve la importancia que tiene dentro de los sistemas democráticos la deliberación pública al definir soluciones legislativas frente a los problemas de criminalidad que surjan en el seno de la sociedad. La pretensión última será la de describir las bases para la incorporación de un modelo de racionalidad legislativa penal que resulte operativo en el control de constitucionalidad de leyes penales. Este modelo estaría capacitado para, por un lado, verificar el sustento empírico de las decisiones legislativas en materia penal y, por otro, evaluar el alcance real sobre la situación social en materia criminal sobre la que pretende incidir. En todo caso, dentro de un marco que garantice que las decisiones sean fruto de una deliberación y acuerdo público amplios, que maximicen el valor epistémico de la democracia
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